Cómo publicar anuncios de licitación en contratos menores

Recursos prácticos

Marco legal, ventajas y buenas prácticas

La tramitación de los contratos menores en las entidades que se enmarcan en el ámbito subjetivo de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), es un tema recurrente en los blogs de contratación pública, y continúa generando controversias que bien merecen ser abordadas en nuevos artículos.

Como complemento al artículo “El eterno dilema: ¿publicamos correctamente los contratos menores?”, en esta ocasión vamos a centrarnos en la posibilidad de publicar en el perfil de contratante, además del anuncio de adjudicación, el anuncio de licitación en los contratos menores.  Para ello, revisaremos el marco jurídico aplicable, analizaremos la viabilidad técnica de llevar a cabo esta opción —aún poco explorada— a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, y compartiremos consejos prácticos para aquellas entidades que decidan dar un paso más en la transparencia y publicidad de sus contratos menores.

En primer lugar, y atendiendo a su marco jurídico, el artículo 63.4 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que la información a publicar en el perfil de contratante para los contratos menores será, “al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario”. La interpretación que tradicionalmente se ha venido haciendo de este precepto considera que basta con la publicación del anuncio de adjudicación, ya que este incluye todos los datos exigidos por la norma: objeto, duración, importe y adjudicatario.

Ahora bien, en determinados casos nos encontramos con que la entidad pública desconoce quién puede llevar a cabo un contrato menor, o si existen mejores ofertas calidad-precio en el mercado que con las que habitualmente se relaciona. En estos casos, una nueva tendencia que se abre paso es la de realizar la publicación del anuncio de licitación en la tramitación de estos contratos menores.

El hecho de que la publicación del anuncio de licitación no sea obligatoria no impide que las entidades que así lo deseen puedan llevarla a cabo

En segundo lugar, es importante destacar que el hecho de que la publicación del anuncio de licitación no sea obligatoria no impide que las entidades que así lo deseen puedan llevarla a cabo. De hecho, se trata de una funcionalidad plenamente admitida y habilitada dentro del entorno de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP).

Además, conviene tener en cuenta que la publicación del anuncio no implica necesariamente que la presentación de ofertas deba realizarse electrónicamente a través de la plataforma. La entidad puede indicar expresamente otro medio de presentación, siempre que respete los principios de transparencia, igualdad y no discriminación. De esta forma, las entidades pueden invitar a los licitadores habituales y, al mismo tiempo, publicar el anuncio de licitación con el objetivo de dar publicidad al contrato y ofrecer la posibilidad de que otros licitadores presenten ofertas potencialmente más ventajosas.

En estos casos, y para garantizar el cumplimiento del principio de no discriminación, es fundamental que el envío de invitaciones se realice de forma simultánea a la publicación del anuncio de licitación, de manera que todos los licitadores dispongan del mismo plazo para presentar sus ofertas.

Sigue estos consejos prácticos para publicar el anuncio de licitación de un contrato menor

La publicación del anuncio de licitación desde la Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP) requiere que, en la configuración del contrato menor, se añadan algunos datos adicionales. Por ello, si optamos por publicar el anuncio de licitación de los contratos menores, debemos tener en cuenta algunos consejos prácticos:

Fecha de presentación de ofertas y CPV del contrato

En primer lugar, pasa a ser obligatorio indicar la fecha de fin de presentación de oferta. Lógicamente, los licitadores que vean el anuncio necesitan saber el plazo del que disponen para presentar sus propuestas.

En segundo lugar, y no menos importante, es necesario indicar el CPV del contrato. Aunque este dato no es obligatorio desde el punto de vista funcional para publicar un anuncio de licitación de un contrato menor, sí es fundamental si queremos que el anuncio alcance al mayor número posible de licitadores.

Esto se debe a que el sistema de suscripciones de la PCSP funciona mediante listados de CPVs: cada empresario se suscribe a los códigos CPV que le interesan y, diariamente, la plataforma le envía un resumen con las publicaciones que incluyen alguno de esos códigos.

Por este motivo, es muy recomendable incluir el CPV del contrato menor que se desea licitar, de forma que el aviso generado por la PCSP llegue a todos los licitadores potencialmente interesados.

Pliegos/Anexos al anuncio

Tras la publicación del anuncio de licitación, el funcional de la Plataforma nos obliga a publicar un anuncio de pliegos, que no es más que el propio anuncio de licitación con estos documentos adjuntos. En la tramitación de contratos menores, si se han elaborado estos documentos, simplemente se anexan sin mayor complicación.

Tras la publicación del anuncio de licitación, el funcional de la Plataforma nos obliga a publicar un anuncio de pliegos, que no es más que el propio anuncio de licitación con estos documentos adjuntos

Ahora bien, ¿qué ocurre en aquellos casos en los que no constan como tales dos documentos de pliegos en el expediente?

En estos supuestos, se recomienda publicar un documento cuyo contenido sea equivalente al de la invitación enviada a los licitadores habituales. Este documento, que se anexa al anuncio de licitación, debe incluir de forma clara el objeto del contrato y, muy importante, una explicación detallada de la forma y el plazo en que deben presentarse las ofertas.

Siguiendo este modelo, los licitadores reciben la alerta diaria indicando que se ha publicado un anuncio de licitación de un contrato menor, acompañado de un documento que explica el objeto del contrato y ofrece instrucciones claras sobre cómo y cuándo presentar sus ofertas.

En definitiva…

En definitiva, la publicación del anuncio de licitación de los contratos menores, aunque no es una exigencia marcada por la ley, vemos que puede convertirse en una práctica útil para aumentar el cumplimiento del principio de transparencia, y conseguir adjudicar contratos más favorables para la administración pública.

La publicación del anuncio desde el propio expediente del contrato, acompañada de la tramitación eficiente y automatizada que ofrece Gestiona, te permite garantizar una mayor apertura a nuevos licitadores, fomentando la concurrencia y mejorando la calidad de las ofertas recibidas, sin renunciar a la agilidad de la tramitación administrativa.

¿Quieres saber más? En la plataforma de formación de Gestiona esPublico disponemos de un curso online y gratuito, disponible para todos nuestros clientes, sobre contratación pública, en el que abordamos esta casuística para que puedas publicar tus contratos directamente desde Gestiona.

  • ·      Si ya estás dado de alta en nuestra plataforma de formación, aprovecha la oportunidad de ampliar tus conocimientos. ¡Inscríbete!
  • ·      Si eres cliente, y aún no estás registrado en la plataforma de formación Gestiona esPublico… ¡Solicita tu alta!
Artículos Relacionados:
Autor
Pablo Ferrer
Pablo Ferrer
Asesor jurídico en el Proyecto de Licitación Electrónica de Gestiona.

Análisis y desarrollo de estrategias de implantación de la administración electrónica, especializado en el impulso de la gestión del cambio dentro de entidades sujetas a la Ley 9/2017?de Contratos del Sector Público. Docente en materia de contratación pública y uso de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Ver todos sus artículos

Etiquetas
Suscríbete a nuestro newsletter y no te pierdas ningún artículo

Puede desuscribirse en cualquier momento haciendo clic en el enlace que aparece en el pie de página de nuestros correos electrónicos. Utilizamos Mailchimp como nuestra plataforma de marketing. Al hacer clic a continuación para suscribirse, usted reconoce que su información será transferida a Mailchimp para su procesamiento. Obtenga más información sobre las prácticas de privacidad de Mailchimp.



esPublico utiliza cookies propias y de terceros con finalidades técnicas, de personalización, analíticas y publicitarias. Puedes configurar qué tipos de cookies deseas que sean utilizadas, aunque no podrás deshabilitar las catalogadas como "necesarias" porque sin ellas el sitio web no funcionaría. para medir y mejorar su experiencia. Pulsa en configurar si deseas más información sobre las cookies que utilizamos o consulta nuestra Política de Cookies.

Cookies necesarias
Siempre activas
Cookies analíticas

ACEPTAR SELECCIONADO



Más información sobre cookies

subir